Un nuevo viaje con el mismo destino

Han pasado casi dos años y medio desde que regresamos desde Hungría con nuestro hijo. Nuestra experiencia ha sido hasta la fecha sumamente satisfactoria, tanto en cuanto al país elegido para el viaje de nuestra vida y sus autoridades, como en cuanto a nuestro hijo.

Nuestro amor por él y, lo más importante, su amor por nosotros, ha ido creciendo día a día. Mientras escribimos estas líneas está aquí, a nuestro lado, dibujando, porque le gusta estar en nuestra compañía.

Muchos dicen que segundas partes no son buenas, otros que son las mejores porque, si los hubo, puedes corregir tus errores o actuar de una forma más apropiada, “la experiencia, dicen, es un grado”, “más sabe el diablo por viejo que por diablo”, pero lo cierto es que no todos los caminos, aunque sean de ida y vuelta son iguales.

Recorrimos un largo camino hasta tener al niño de nuestros ojos en los brazos y, ha sido tan maravilloso lo que hemos vivido en ese caminar y lo que nos está dado ahora nuestro hijo y sentimos, le estamos aportando nosotros a él, que hemos decidido repetir de nuevo.

Cuando adoptas a un niño no puedes iniciar un nuevo proceso o continuar el existente, hasta que transcurrido un año desde su adopción, nosotros lo tuvimos claro, inmediatamente y transcurrido el año, iniciamos de nuevo los trámites habituales.

Otra vez tocó acudir a la charla de la Xunta, otra vez recopilar toda la documentación y una vez más someterse a la entrevista para obtener la idoneidad.

Pasados dichos trámites, a día de hoy estamos a la espera de que nuestro expediente sea traducido y presentado en Hungría.

No podríamos dirigir nuestra solicitud a otro país distinto que no fuera el de nacimiento de nuestro hijo, el que nos ha dado lo que más queremos y el que tiene un sistema de protección de los menores admirable, que como hemos podido constatar directamente y en persona, vela por sus intereses y  los cuida. Hungría para nosotros es un país que dispensa no solo  buena atención y cuidado a los menores sino que además ofrece garantías a los padres, un país serio, responsable que, a nuestro juicio y por nuestra experiencia, debería ser un referente en esta materia.

Queremos con este post dar respuesta a algunas de las parejas o futuros padres que nos consultan sobre Hungría como destino para su solicitud de adopción. Nuestra experiencia ha sido excelente y por ello volvemos a dirigir nuestra solicitud a Hungría, si no lo hubiera sido o tuviéramos dudas, el país sería otro.

Mecanismo interterritorial de asignaciones de adopciones y acogimiento

En el Consejo Interterritorial de Servicios Sociales celebrado el pasado día 01 de marzo, además de la lista única de adopciones internacionales, se planteo la posibilidad de fijar a nivel nacional un mecanismos interterritorial de asignaciones, tanto en caso de acogimiento como en caso de adopciones.

Este mecanismos facilitaría la localización de familias que deseen adoptar o acoger a niños que se encuentren en España en situación de desamparo y se articularía de una forma similar a lo que hace la Organización Nacional de Trasplantes. Su objeto sería reducir al máximos el tiempo que los menores permanecen en centros de acogida buscándoles una familia independientemente de la Comunidad Autónoma en la que residan, pero velando siempre porque dichos menores no tengan conexión alguna con la comunidad en la que se encuentren inicialmente ni familia biológica que pueda velar por ellos en dicha región.

 

 

La Xunta de Galicia estudia ampliar la diferencia de edad entre menor y adoptantes a 45 años

La pasada semana algunos diarios de la Comunidad Autónoma de Galicia, se hicieron eco de que la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia iba a estudiar si ampliaba la diferencia de edad entre los menores y los adoptantes hasta 45 años.

La Ley estatal fija como diferencia máxima de edad entre padres adoptantes y los menores a adoptar en 45 años. Con la modificación de dicha Ley ya plantemos en este blog la incógnita que dicha posibilidad suponía, pues quedaba al arbitrio de las distintas comunidades autónomas la fijación de esta diferencia con el límite de los 45 años.

En España ya había varias comunidades autónomas que fijaban la diferencia de edad en 45 años, si bien en Galicia estaba fijada en 40, de forma que una vez que el padre/madre o el miembro de menor edad de la pareja cumpliera dicha edad, pasaría/n a una lista “B” de carácter provincial, en la que el orden de presentación de las solicitudes no sería determinante para la asignación de un menor y en la que los menores no serían bebés.

Tras la modificación de la normativa estatal, la Xunta de Galicia mantuvo la diferencia de edad máxima en 40 años. Actualmente parece que la Xunta se plantea ampliar esta diferencia hasta el máximo de 45 años previsto en la Ley estatal. Esta ampliación supondrían que padres que hubieran pasado ya a la lista “B” o de mayores de 40 años, podrían volver (habría que ver como se hace la regulación), a la lista “A”, ocupando el lugar que por fecha de presentación le correspondiera en atención a la antigüedad de su solicitud, siendo ahora determinante dicha fecha y menos relevante que tuvieran o no otros hijos en el seno familiar o las restantes circunstancia que se valoran para la asignación de menores en la lista “B”.

Estaremos atentos a las nuevas noticias que puedan surgir sobre este tema, que de momento se limita a un simple anuncio por parte de la Consellería de Política Social, de su voluntad de estudiar exhaustivamente dicha cuestión.

Lista única de adopción internacional

La pasada semana toda la prensa nacional se hizo eco de que el día 01 de marzo de 2018, en el Consejo Interterritorial de Servicios Sociales, presidido por la Ministra de Sanidad, el gobierno y las autonomías habían acordado crear una lista única para las adopciones internacionales.

El Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, ha acordado un  proyecto de reglamento de la ley de adopción internacional, en el que mediante un sistema denominado Adin, las Comunidades Autónoma volcarían, parece que ya lo están haciendo, toda la información de sus expedientes, de forma que en España existiera un única lista de adoptantes internacionales.

A la espera de que el borrador sea sometido al Consejo de Estado y se apruebe definitivamente por el Consejo de Ministros, algo que inicialmente está previsto que suceda durante este semestre, estas son las novedades, consecuencias  y objetivos más importantes que, según se ha publicado, va a contener el Reglamento:

  • La lista única no afectará a las familias que ya hayan iniciado su procedimiento de adopción únicamente a las que comiencen el mismo una vez aprobado el Reglamento. (No está muy claro en la información publicada, a que momento se refiere la iniciación de procedimiento, si a la presentación en el organismo autonómico de la solicitud de adopción o a un momento posterior, cuando el expediente ya haya sido presentado en el país de destino).
  • El objetivo de la lista única parece ser determinar y racionalizar los expedientes que se remiten a cada país de origen del menor, a fin de conseguir que los tiempos de espera sean más cortos, dado que el importante número de solicitudes de adopciones y la reducción por los países de origen del número de niños que son susceptibles de ser adoptados por padres extranjeros.
  • Las familias podrían tramitar la adopción en cualquier punto de España con cualquiera de los organismos acreditados y con idénticas garantías y costes similares (hoy en día en atención a la comunidad autónoma donde se tramite la adopción, en ocasiones los costes de la mismas para las familias varían, incluso cuando el país de origen de menor es el mismo).
  • El reglamento establecería los mismos requisitos de funcionamiento para todos los organismos acreditados de adopción.